11
July
1991
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA. SECCION ONCE. ROLLO 119/91-E.
Once de julio de mil novecientos noventa y uno. Diferenciación entre contrato de arrendamiento de solar y de local de negocio.
Vistos por la Sección Once de esta Audiencia Provincial los autos de JUICIO DE DESAHUCIO nº 419/89 sobre desahucio de local de negocio por finalización del plazo de arriendo, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 37 de Barcelona, por DU, S.A. representada por el Procurador D. Narciso Ranera Cahis y defendida por el Letrado D. Joaquin Martí Martí; contra D. ARO, representada por el Procurador D. Alberto Ramentol Noria y defendida por el Letrado D. Antonio Mitjana Torrelles; los cuales penden ante esta superioridad en méritos del Recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia dictada dictada en los mismos el 11 de enero de 1991 por el Ilmo. Sr. Juez de 1ª Instancia del expresao Juzgado.