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December
2007
Revista Práctica de Tribunales. La Ley. Diciembre 2007
Por JOAQUIM MARTI MARTI.
Abogado. Profesor colaborador Derecho Civil. Universidad de Barcelona
Los artº 630 a 633 de la LEC regulan la medida cautelar de la administración judicial, medida prevista para ser aplicada a personas jurídicas objeto de litigios en los que se discuta su titularidad, viabilidad o modo de gestión.
La jurisprudencia es suficientemente rica en pronunciamientos para que en este artículo podamos ofrecer una visión práctica de los requisitos para su petición y adopción por parte del Juez, así como para diferenciarla de otras figuras afines.